Propiedad intelectual y nuevas tecnologías
La irrupción de las nuevas tecnologías en la sociedad de la información y del conocimiento ha revolucionado los modos y maneras de crear y difundir contenidos y de acceder y compartir los mismos. Las normas reguladoras de la propiedad intelectual aplicables a entornos analógicos se han visto obligadas a adaptarse a los nuevos entornos digitales.
¿Qué aspectos digitales se contemplan expresamente por la legislación de propiedad intelectual?
Los más destacados podrían ser: la digitalización como acto de reproducción, la compensación por copia privada a través del llamado “canon digital”, la puesta a disposición del público de contenidos a través de Internet o intranets como acto de comunicación pública, y las medidas tecnológicas y DRMS.
¿Qué es digitalizar y que se puede digitalizar?
Digitalizar es convertir contenidos en series de bits y almacenarlos en soportes electrónicos tangibles (CDR, DVD, USB, etc.) o intangibles (memoria del ordenador). Ejemplo de digitalización es el escaneo de documentos impresos.
La digitalización da lugar a una nueva copia del contenido y por tanto es un acto de reproducción en el sentido de la Ley de Ppropedad Intelectual, lo cual a su vez significa que es un acto de explotación que corresponde en exclusiva a su titular y no puede realizarse por otras personas salvo autorización legal o expresa del mismo.
¿Qué es el canon digital?
Técnicamente se trata de una compensación por la copia privada que la ley permite hacer para uso personal. Se considera que dicha copia conlleva una pérdida económica para el titular de los derechos de autor. En contrapartida se establece un gravamen sobre los equipos, aparatos y soportes susceptibles de ser usados para realizar reproducciones. La remuneración compensatoria existe en nuestra legislación desde el año 1987. La novedad consiste en su extensión al ámbito digital.
¿Se pueden alojar contenidos libremente en Internet?
No siempre. Sólo si quien realiza la carga es el titular de los derechos o cuenta con autorización para ello. En otro caso hay que respetar los derechos de autor.
¿Cómo afecta la protección de medidas tecnológicas a los derechos de propiedad intelectual?
Las normas de protección de medidas tecnológicas pretenden otorgar al titular el control de los derechos de explotación sobre su obra. Se extienden tanto a los dispositivos técnicos como a los mecanismos de gestión de derechos. La ley establece acciones contra los actos de supresión o elusión de unos u otros.
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