viernes, 5 de abril de 2013

Sistemas de Gestión de Derechos de Autor (Electrónica Copyright Management System - ECMS)


Actualmente no existe un sistema legal que englobe las legislaciones de todos los países del mundo para lograr un efectivo control de los distintos derechos de autores y propiedad intelectual, y ante esto se presentan los ECMS (Electrónica Copyright Management System) como un sistema de gestión para esta materia que nos compete.

Los ECMS son sistemas informáticos cuya función es controlar y, en caso de que sea necesario, impedir o restringir el uso que se hace de las obras protegidas, rastreando para ello la red. Los ECMS establecen permisos sobre las obras (leer, imprimir, modificar, copiar, etc.), y en caso de que se concedan dichos permisos, controlan el uso que se hace de éstos, por ejemplo: controlando el nº de copias que se realizan para que no superen el límite permitido.



Funcionamiento:

Estos sistemas administran datos referentes al titular del derecho de autor, a la obra, y a los permisos de uso que el titular pretende que se respeten. Datos que a su vez son cruzados con los del usuario, tanto con sus datos personales como con datos acerca del uso que éste hace de la obra. Los datos referentes al autor y sus obras deberían estar disponibles en Internet para que los usuarios puedan consultar qué obras están protegidas, y quienes son sus titulares.

Las técnicas usadas por los ECMS son muy diversas, pero normalmente se llevan a cabo dos funciones básicas:

  1. Marcado de la obra mediante un identificador inalterable por el usuario.
  2. Llevar a cabo un seguimiento y control de la obra rastreando la red.

Las técnicas de “marcado” son una de las más importantes ya que por su complejidad son muy difíciles de transgredir por parte de aquellos usuarios piratas o que no cumplan los requisitos para la reproducción o uso. Entre ellas podemos encontrar:

1) Digital Watermarking (DW) o Marcas de Agua

2) Encriptado y Contraseñas

3) Digital Object Identifier (DOI)

4) Identificación contenido/autor a través de códigos "hash"



Ventajas y Desventajas:
Entre las ventajas encontramos:

  • Protección de los derechos de autor: Refuerzan derechos morales (de paternidad y de integridad) y derechos patrimoniales. Esto conlleva a su vez que los autores produzcan más al ver más protegidas sus obras.
  • Obtención de estadísticas sobre el uso de las obras en tiempo real: Esto ayuda al autor a determinar el éxito o fracaso de su obra.
  • Comercio electrónico: Los ECMS incentivan el comercio electrónico, ahorrando costes a los productores y editoriales, ahorro que teóricamente debería también repercutir en los clientes.

Las desventajas serian:

  • Derecho de confidencialidad: Los ECMS controlan el comportamiento del usuario: uso que hacen de la obra, qué obras adquieren, etc. Es posible que el usuario no quiera que esa información llegue a los autores, editoriales, ni entidades encargadas de la gestión de los derechos de autor. Existen tecnologías que permiten que la identidad del usuario sea anónima, pero esto "plantearía problemas con determinados sistemas de pago que requieren la validación del usuario"
  • Protección de datos personales: Estos sistemas van a administrar datos personales de clientes de todo el mundo, lo que plantea problemas debido a que no todos los estados protegen de la misma forma estos datos, véase por ejemplo el caso de EE.UU.
  • Derecho a la información: Es muy posible que estos sistemas, en su afán por proteger los derechos de autor, no respeten los límites al derecho de autor como son el límite de copia privada o los privilegios de bibliotecas e instituciones similares. Además, los ECMS pueden crear desigualdades, tanto sociales como económicas, al impedir el acceso a la información a personas con menor capacidad adquisitiva, negándoles un derecho básico: el de la información.


Legislación sobre el tema
Aunque aún no se ha elaborado un conjunto universal de normas para los ECMS, se han conseguido grandes avances sobre el tema en los diferentes tratados, legislaciones y directivas

Ante la necesidad de adaptarse y comprender la nueva realidad de la sociedad de la información, la OMPI pretende mediar entre los derechos de los autores y los intereses de los usuarios. Producto de esta intención nace el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, y como consecuencia de este tratado, en EE.UU. la Digital Millennium Copyright Act, y en Europa la correspondiente Directiva, faltando solo que los países miembros modifiquen sus legislaciones para armonizarlas respecto a la Directiva Europea.



Referencia:


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